NORMA TÉCNICA SOBRE LA METODOLOGÍA PARA LA DELIMITACIÓN DE ÁREAS ACUÁTICAS EN SISTEMAS ESTUARINOS

Como es de conocimiento general, un estuario es un cuerpo de agua parcialmente cerrado, donde el agua salada del océano se mezcla con el agua dulce de los ríos, ya sea de manera temporal o permanente, basada en la propagación de la onda de marea. Nuestro sistema hidrográfico de la vertiente del Pacífico está conformado por todos los ríos de la costa que nacen en la Cordillera de los Andes en su posición occidental, cuyas características singulares (son transversales, de corta longitud, no son profundos, torrentosos, angostos, de régimen irregular, no son navegables a excepción del río Tumbes, que es navegable en 30 km), hacen que se formen deltas en vez de estuarios, por lo que, los estuarios en la zona ecuatorial y en nuestras costas, son muy escasos.

A nivel nacional, tenemos: el estuario de Boca Capones ubicado en el Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, el estuario de Virrilá en Sechura?Piura, el estuario del río Chira en Paita-Piura y los estuarios de Lagunas de Mejía, Ocoña, Camaná y Quilca en Arequipa.

En ese sentido, la DIHIDRONAV aprobó y publicó la primera Norma Técnica Hidrográfica N° 47 "Metodología para la Delimitación de Áreas Acuáticas en Sistemas Estuarinos", con el fin de orientar sobre los procedimientos y especificaciones técnicas para establecer la delimitación de área acuática en estuarios, e identificación de los 50 metros paralelos y medidos a partir de la cota de máxima inundación ordinaria.

El estudio para la delimitación de áreas acuáticas en Sistemas Estuarinos forma parte de los anteproyectos que deben presentar las entidades y empresas para el otorgamiento de la Resolución Directoral de derecho de uso de área acuática, que incluye la franja ribereña de cincuenta metros paralela a la cota de máxima inundación.